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A los 20 días de vida, por situaciones de violencia doméstica y alcoholismo, lo separaron de sus padres y se quedó al cuidado de una tía. Con ella vivió hasta los ocho cuando la mujer, a la que el nene (J.G.C) llamaba “abuela”, falleció de cáncer. Fue entonces que Javier Castellano Echenique (43), su maestro de computación, se hizo cargo de él. Ahora, tres años después de esa pérdida, un juez de Villa Cura Brochero, en Córdoba, admite la guarda preadoptiva a favor del docente que quiere convertirse legalmente en su papá. Para hacerlo, aseguró el magistrado a Clarín, se basó en la figura del “referente afectivo”, que se incorporó en el nuevo Código Civil y Comercial.
Javier y su alumno, hoy de 11 años, viven en el Paraje Los Algarrobos, ubicado en el departamento San Alberto, en Córdoba. Entre ellos existe un vínculo de años, según explica el juez con competencia múltiple al frente del caso, José María Estigarribia. “El docente tenía una buena relación con la tía paterna del niño y ella solía dejarlo al cuidado del hombre mientras realizaba su tratamiento oncológico y en las circunstancias en las que debió ser hospitalizada”, agrega el magistrado.
Tras el fallecimiento, en vez de llevarlo a un hogar, se quedó viviendo con su maestro con el consentimiento de los padres. En ese lapso, se intentó revincular a J.G.C con sus progenitores aunque resultó imposible. Por lo que ahora el juez hizo lugar al pedido del maestro de que no se declarara al niño en situación de adoptabilidad y que se considerara su carácter de “referente afectivo”, situación prevista por el Código Civil y Comercial en su artículo 607, última parte. En simultáneo, privó a los padres biológicos de la “responsabilidad parental” ya que entendió que no estaban en condiciones de asumir la crianza del nene.
“Para tomar la decisión tuve en cuenta el informe de la psicóloga que confirmaba que se había creado un lazo afectivo anterior al fallecimiento de su familiar. Además, me aseguré de que todo haya ocurrido con naturalidad, es decir, que el adulto no haya forzado ninguna situación”, detalla Estigarribia, que también prestó atención a la opinión del menor, que manifestó querer quedarse con Javier.
Entre los argumentos del fallo que el mismo magistrado definió como “excepcional”, Estigarribia advierte que “el niño se encuentra plenamente integrado y forma parte de la realidad familiar y afectiva” de Javier, por lo que separar al menor de ese ámbito “significaría un dolor irremediable”, dice el texto con fecha del 27 de marzo de este año. Con el visto bueno del juez, el maestro deberá iniciar los trámites para concretar la adopción del estudiante.
En agosto del año pasado, otro caso similar conmovió al país. Se registró en Sierra Grande, Río Negro, donde la maestra Rosita Guizzardi adoptó a su alumno con síndrome de down, Pablo Liberini, luego de que quedara huérfano.
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