La Justicia ratificó lo actuado por el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) en relación a la Resolución N°170, que regula las plantaciones.
Este lunes, la Cámara Federal de Posadas confirmó la sentencia interpuesta por la justicia local y rechazó la medida cautelar innovativa planteada por un grupo de productores ante la Resolución N° 170 del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM). Se trata de la medida que regula la cantidad de hectáreas para plantaciones.
Fuentes del Instituto consultadas por canal12misiones.com celebraron que la Justicia ratificó lo actuado por el INYM y reconoció las facultades necesarias para impulsar la normativa pese al reclamo de un sector de los grandes productores.
Los productores habían pedido la suspensión de la aplicación de las resoluciones N° 170/21 dictada por el Inym, y 152/21 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, respectivamente.
Sin embargo, la Cámara Federal de la capital misionera decidió no dar lugar al planteo de los productores al resolver que “no se han acreditado con la nitidez necesaria los requisitos indispensables para el despacho favorable de una medida de no innovar, en razón de que es necesaria la configuración simultánea de todos los recaudos para su procedencia (Ley 26854)”.
Además, desde la Cámara se apuntó a que lo decidido por el juez en primera instancia es “ajustado a derecho”, rechazando así la medida cautelar de no innovar solicitada en un primer momento.
Resolución N° 170 del INYM
La Resolución 170/2021 del INYM propone un ordenamiento de la actividad yerbatera respecto a la incorporación de nuevas plantaciones.
La medida dispone que todos los productores inscriptos podrán incorporar hasta 5 hectáreas de nuevas plantaciones. Además, podrán implantar anualmente hasta el 2% de las superficies de yerbales ya existentes y declarados ante el INYM, y estarán habilitados para reponer todas las plantas secas o muertas dentro de un lote ya declarado, sin alterar la densidad original de la plantación.