El procurador general tiene 6 días para contestar. La asesora de familia Elisa Alejandra Catán también está involucrada en la causa.
El Jury de Enjuiciamiento de La Pampa ordenó abrir una causa contra la jueza de General Pico, Ana Clara Pérez Ballester, y la asesora Elisa Alejandra Catán, por mal desempeño de sus funciones al darle el cuidado de Lucio Dupuy a quienes después se convirtieron en sus asesinas: Magdalena Espósito Valenti y Abigaíl Páez.
El jurado está conformado por el ministro del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa, Fabricio Luis Losi, las diputadas María Silvia Larreta y María Andrea Valderrama Calvo. Además, lo integran las abogadas María Natalia Gaccio y Silvina María Garro. La resolución del cuerpo fue adoptada por unanimidad.
Ahora el pedido debe ser revisado por el procurador general, Mario Oscar Bongianino, que tendrá 6 días hábiles para definir la acusación en contra de la magistrada de familia y su auxiliar para llevarlas a un juicio político, en donde se decidirá su destitución.
Mario Aguerrido, el abogado de la familia Dupuy, habló con TN y acompañó el pedido de enjuiciamiento contra la jueza Ballester. “La jueza no tuvo en cuenta en ese momento la conducta de la progenitora a la que se le otorgó a Lucio. No monitoreó a la madre, quien abandonó a su hijo durante los dos años anteriores”, sostuvo.
“Desde un primer momento nos llamó la atención que en el trámite de la decisión del cuidado personal no fue parte el padre. El código civil y comercial dice que el cuidado se discierne entre los progenitores, pero a él nunca lo citaron, como si no hubiera existido”, agregó.
Por qué pidieron el juicio político contra la jueza Ballester
La denuncia por mal desempeño la presentaron diputados del bloque oficialista y de la oposición de la provincia de La Pampa. Los legisladores aseguran que la jueza de Familia y la asesora de Menores de la ciudad de General Pico “no realizaron un informe socio-ambiental del contexto familiar donde iba a vivir Lucio”.
Además, expresaron en el comunicado que hicieron público, que en el informe de Ballester “no se informó, ni se citó a testigos”, “no se escuchó al menor”, y el caso “no fue abordado desde el Juzgado por un equipo de profesionales”.
“La magistrada hoy denunciada omitió, en una sucesión de oportunidades procesales, el cumplimiento de deberes a su cargo, deberes que implicaban adoptar las medidas necesarias para la protección del interés superior del niño, el cual debe estar presente en toda actuación de este tipo”, afirmaron los denunciantes.
Y agregaron que “no se observa que en el expediente (de la tenencia) se haya ordenado la realización, por ejemplo, de un informe socioambiental, o se haya recabado la comparecencia de testigos como medidas básicas para determinar las condiciones de vida a las que se enfrentaba Lucio Dupuy a partir del cambio de residencia y cuidadores”.
Qué es un Jury
El Jurado de Enjuiciamiento o Jury es el tribunal que juzga a los miembros del Poder Judicial, ya sea por mal desempeño, por delito en el ejercicio de sus funciones, o por delitos comunes.
El primer paso para llevar adelante un Jury se da cuando el Consejo de la Magistratura inicia el procedimiento de “Remoción de jueces”, ordena la suspensión y formula la acusación.
Luego, son juzgados por el Jurado de Enjuiciamiento que está integrado por legisladores, magistrados y abogados de la matrícula federal. Su fallo es irrecurrible y puede destituir al acusado.
La parte condenada queda luego sujeta a acusación, juicio y castigo ante los tribunales ordinarios. Si transcurren 180 días desde que se abre el procedimiento de remoción, sin que se haya dictado fallo, se archivan las actuaciones y, en su caso, se repone al juez suspendido.