Operadores yerbateros deben presentar la reinscripción anual

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Desde el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) recordaron que durante los meses de octubre y noviembre los operadores, a excepción de productores, deben presentar ante este Instituto el formulario de reinscripción en la categoría que corresponda.

Además, deben informar y acreditar toda otra situación que se haya modificado desde la anterior inscripción. 

Así lo establece la Resolución 465/2017, donde además se detalla la fecha general para la reinscripción anual de los operadores (salvo productores): 

Operadores con terminación de CUIT 0 – 1 – 2 – 3 – 4 – 5: último día hábil del mes de octubre de cada año; 

Operadores con terminación de CUIT 6 – 7 – 8 – 9: último día hábil del mes de noviembre de cada año. 

Todos los datos, los requisitos y documentación a presentar, pueden consultarse en la web del INYM.