El Gobierno también formalizó el modo para calcular la prestación por desempleo.
El Ministerio de Trabajo oficializó el aumento del haber mínimo que llegará a $156.000 en diciembre, y de la prestación por desempleo, tal como lo definió esta semana el Consejo del Salario.
La medida se formalizó por medio de la Resolución 15/2023 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
El salario mínimo aumentará 32,2% en diciembre próximo, desde los actuales $118.000, con subas escalonadas hasta ese mes, según acordó el Consejo del Salario el miércoles último.
En consecuencia, el haber mínimo para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y los organismos del Estado Nacional en que este actúe como empleador, excluidas las asignaciones familiares, aumentará de la siguiente manera:
— A partir del 1° de octubre de 2023, en $132.000 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa, y de $ 660 por hora, para los trabajadores jornalizados.
— A partir del 1° de noviembre de 2023, en $146.000 para todos los trabajadores mensualizados, $730 por hora, para los jornalizados.
— A partir del 1° de diciembre de 2023, $156.000 para los mensualizados y $780 por hora para los jornalizados.
Además, la cartera laboral estableció que la prestación por desempleo será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses anteriores al cese del contrato de trabajo. En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% de ese haber.
El Poder Ejecutivo resaltó que el consenso obtenido en el ámbito del Consejo del Salario “contribuye al fortalecimiento del diálogo social y de la cultura democrática en el campo de las relaciones del trabajo”.