El Consejo de la Magistratura modificó los concursos, fijó nuevos requisitos y reforzó la transparencia en evaluaciones.
El martes 23 de septiembre, el Consejo de la Magistratura de la Provincia aprobó una resolución que modificó el Artículo 20 del reglamento de las pruebas de oposición. La decisión llevó la firma de Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, como presidente, junto con las demás autoridades del organismo.
De acuerdo con la nueva normativa, el Consejo informará a través de su sitio web las fechas y lugares de los exámenes, tanto escritos como orales. Esa publicación deberá realizarse con una antelación mínima de dos días, y la misma regla aplicará para las notificaciones que recibirán los postulantes en sus correos electrónicos.

Los cambios aprobados por el Consejo de la Magistratura
La convocatoria incluirá la composición de la comisión técnica designada para evaluar y también aclarará qué materiales podrán llevar los aspirantes. Según lo establecido, únicamente se permitirá el uso de las Constituciones Nacional y Provincial, los Códigos y las leyes de orden nacional o provincial.
Los cambios se complementaron con la reiteración de los requisitos para concursar en los distintos cargos dentro del Poder Judicial. Para ser Miembro o Fiscal de Cámara, resulta necesario acreditar ciudadanía nativa o naturalizada con cuatro años de ejercicio, poseer título de abogado expedido por Universidad Nacional o extranjera legalmente admitida, tener treinta años cumplidos y acreditar seis años de ejercicio profesional o de magistratura.
Quienes aspiren al cargo de Juez Letrado de Primera Instancia deberán contar con ciudadanía argentina, más de veinticinco años de edad y al menos tres años de ejercicio profesional como abogados.
Los requisitos según la nueva normativa
En tanto, para integrar el Ministerio Público se exige ser mayor de edad, acreditar nacionalidad argentina por nacimiento o naturalización y contar con diez años de ciudadanía. También se requiere título de abogado otorgado por Universidad Argentina o extranjera reconocida por Nación. Los aspirantes deberán acreditar dos años de ejercicio profesional o demostrar antigüedad como secretarios judiciales, o bien cuatro años de funciones en la administración de justicia. En el caso del Procurador General, del Fiscal y del Defensor de Cámara, regirán las condiciones previstas en el Artículo 138 de la Constitución Provincial.
Por último, el Consejo recordó los requisitos para solicitar la apertura de legajos. Los interesados deberán presentar copia certificada del título de abogado, certificado emitido por el Colegio de Abogados o el Poder Judicial y la copia de las dos primeras páginas del Documento Nacional de Identidad.
Con esta reforma, el Consejo de la Magistratura buscó garantizar mayor claridad en el proceso de oposición y reforzar la transparencia de los concursos.