Los contribuyentes del régimen simplificado deberán evaluar los parámetros que determinan su categoría como monotributistas e informar los cambios que se produzcan.
Nuevos parámetros por categoría
Los parámetros de cada categoría fueron actualizados a partir del 1° de enero y quedaron establecidos en los siguientes valores:
En el caso de los ingresos máximos permitidos, de acuerdo con la tabla publicada por el organismo, los valores son los siguientes. Categoría A: $2.108.288; B: $3.133.941; C: $4.387.518; D: $5.449.094; E: $6.416.528; F: $8.020.660; G: $9.624.793; H (escalón más alto para la prestación de servicios): $11.916.410.
En las tres categorías en las que solo se admite a quienes se dedican a la venta de cosas muebles, los topes de ingresos son de $13.337.213 (I); $15.285.088 (J), y $16.957.968 (K).
Además de esos topes, también subieron (en este caso, un 110,9%, ya que no habían sido actualizados en julio), los importes de los alquileres devengados anualmente, correspondientes a inmuebles afectados a la actividad. En los escalones más altos la cifra alcanza $1.941.795. Y, además, el precio unitario máximo que puede tener un producto comercializado por un monotributista se incrementó de $85.627 a $180.589 a partir de enero.