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Un minero fue condenado en Catamarca a prisión perpetua por haber dinamitado a una mujer que se opuso a que mantuviera una relación amorosa con la hija adoptiva adolescente de ella y a un remisero que había pasado a buscarla.
Se trata de José César Rodríguez (38), quien recibió la pena máxima del Código Penal por el “homicidio doblemente agravado por alevosía y ensañamiento” de María Justina Flores (65) y Nery Ángel Santos (26).
Fuentes judiciales informaron que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) de Catamarca dispuso también un resarcimiento de casi dos millones de pesos para la familia de la mujer y descartó que la empresa para la que trabajaba sea responsable del hecho.
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“Estamos muy conformes con la actuación de la Justicia porque quedó acreditado que Rodríguez mató a Flores y a Santos”, dijo a Télam la abogada Gabriela Carrizo, representante de la familia del remisero.
Esta mañana, el fiscal federal Rafael Vehils Ruiz había solicitado en su alegato la prisión perpetua para el minero, mientras que los querellantes requirieron “reclusión”, o sea que no obtuviera ningún beneficio durante la ejecución de la pena a perpetua.
En tanto, la defensa de Rodríguez había pedido la “nulidad de las actuaciones” porque “se violaron las garantías constitucionales”, tras lo cual consideró que debía ser absuelto.
Durante el debate oral, el acusado declaró que no tuvo ninguna participación en el atentado contra su ex suegra pero admitió que el material que adquirió en la empresa Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD) en Farallón Negro, departamento Belén, se lo vendió a un curandero al que identificó como “Richard”, conocido de Flores.
Más de 20 testigos declararon ante los jueces Juan Carlos Reynaga, Adolfo Guzmán y José Quiroga Uriburu, quienes darán a conocer los fundamentos del fallo el próximo martes 2 de mayo.
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Entre los testimonios más relevantes estuvo el del técnico de la División Explosivos de la Policía catamarqueña que colaboró en las pericias efectuadas en la casa de Flores.
“Los pedazos de hierro fueron utilizados como esquirlas. El material explosivo puede matar por la onda expansiva según la cercanía de la persona o la proyección de las esquirlas, que salen a trescientos sesenta grados”, explicó. Además, detalló que “a tres metros” del artefacto y sin protección, automáticamente causa la muerte debido a la potencia de la onda expansiva, sumado a las esquirlas de hierro.
“El que fabricó la bomba quería causar un gran daño”, dijo el técnico ante la consulta de los abogados querellantes.
El TOCF dio por acreditado que el hombre ocasionó la explosión ocurrida el mediodía del jueves 26 de septiembre del 2013, en una casa ubicada en el cruce de Ernesto Villafáñez y 1 de Mayo de la ciudad de Santa María, situada a unos 330 kilómetros al oeste de San Fernando del Valle de Catamarca, cuando la mujer había solicitado un remís que era conducido por Santos.
“La dinamita casera fue dejada en el capó de un auto que estaba en la cochera de la casa de Flores y la mujer salió con varias bolsas, por lo que Nery bajó de su vehículo para ayudarla. Si él se quedaba no le hubiese pasado nada”, contó la abogada Carrizo.
En ese momento, la mujer movió la caja en la que estaba el artefacto que se activó y explotó, tras lo cual ambos murieron en el acto.
“La explosión provocó que los restos de Flores y Santos quedaran dispersos en las afueras de la vivienda debido al poderío del explosivo”, dijo la letrada.
Pese a que en un primer momento los policías creían que la explosión se generó porque Santos manipulaba el tubo de gas de un auto averiado estacionado dentro del garaje, luego confirmaron que el vehículo funcionaba sólo a nafta y que había claros signos de la detonación de una bomba.
En la etapa de instrucción surgió el nombre de Rodríguez, quien había mantenido una relación amorosa con la hija adoptiva de Flores, la cual en ese entonces tenía 16 años.
De acuerdo al expediente, la mujer se había opuesto al vínculo amoroso y, tras la ruptura, Rodríguez comenzó a planificar el atentado.
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